Si reúne los requisitos para la recapacitación vocacional, su consejero vocacional (VRC, por su sigla en inglés) le explicará el proceso. El VRC trabajará con usted para desarrollar un plan de recapacitación destinado a ayudarle a volver al trabajo. También le ayudará a comprender sus opciones de capacitación, incluido cuándo y cómo puede elegir la opción que prefiera.

Una vez que aprobemos el plan de formación, tiene 2 opciones:

  • La opción 1 es seguir su plan aprobado por L&I.
  • La opción 2 le permite desarrollar su propio plan.

Cuándo esté eligiendo a un proveedor de capacitación, usted debe usar una escuela aprobada por L&I. Si escoge una escuela o programa de capacitación no aprobado, la escuela puede solicitarlo.

Si tiene preguntas, comentarios, inquietudes o quejas sobre una escuela, envíe un correo electrónico a Programa de supervisión escolar.

Si elige la opción 2

Si es usted un trabajador que ha elegido la Opción 2, puede crear su propio plan de capacitación vocacional. Una vez confirmada su elección de la Opción 2, haremos lo siguiente:

  • Terminar los beneficios por tiempo perdido.
  • Emitir los beneficios de la Opción 2:
    • Una indemnización por capacitación vocacional (una cantidad de dinero que suele equivaler a 9 meses de indemnización por tiempo perdido) y
    • Fondos de capacitación para los estudios.
  • Cerrar el reclamo

Si necesita ayuda o tiene preguntas sobre el uso de sus beneficios de la Opción 2, llame a nuestros especialistas de la Opción 2 al 360-902-9135. Por ejemplo, pueden:

  • Ayudar a solicitar los fondos de capacitación.
  • Informar del saldo de su indemnización vocacional o de los fondos de capacitación.
  • Responder sus preguntas sobre equipos, suministros y gastos de bolsillo.
  • Ayudar a averiguar si puede acudir a una escuela o programa específico.
  • Responder a las preguntas de su escuela o programa de capacitación.
  • Ayudar a encontrar un consejero vocacional (VRC) en su zona para que le ayude con el asesoramiento y/o la colocación laboral.

Fondos para capacitación: obtener ayuda de un VRC

Puede utilizar hasta el 10% de sus fondos de capacitación para obtener ayuda de un VRC. Pueden ayudarle con servicios como:

  • Creación de su propio plan de capacitación.
  • Desarrollo laboral, incluido el contacto con posibles empleadores en su nombre.
  • Preparación para el empleo y práctica de entrevistas.
  • Asistencia en la búsqueda y solicitud de empleo, incluida la elaboración de un currículum vitae específico.

Excepción: No puede utilizar sus fondos de capacitación para servicios vocacionales si ya aprobamos su plan de recapacitación de la Opción 1 antes del 31 de julio de 2015.

Cómo encontrar un VRC

Usted puede:

  • Utilizar el VRC con el que trabajó durante el desarrollo/aplicación del plan, o
  • Comuníquese con nuestros especialistas de la Opción 2 al teléfono 360-902-9135 para obtener una lista de los VRC disponibles en su área.

Trabajar con el VRC seleccionado

Esto es lo que puede esperar cuando trabaje con el VRC que haya elegido. Usted:

  • Trabajará con el VRC para crear un acuerdo de servicio que cumpla sus objetivos.
  • Compartirá con el VRC el acceso a los documentos de su solicitud si así se lo piden.
  • Recibirá servicios vocacionales del VRC.
  • Firmará el informe resumido que te entregará el VRC. Su firma verifica que ha recibido los servicios indicados.

Puede cambiar a otro consejero vocacional calificado en cualquier momento durante el período de capacitación de 5 años de la Opción 2 si le quedan fondos suficientes para los servicios vocacionales de la Opción 2.

Si tiene alguna queja sobre los servicios vocacionales de la Opción 2, llame a los especialistas de la Opción 2 al 360-902-9135.

Sus fondos de capacitación: cuándo están disponibles y para qué puede usarlos

Los fondos de capacitación estarán disponibles en la fecha en que le enviemos por correo postal una orden y notificación legal confirmando su elección de la Opción 2. Tiene hasta 5 años para solicitar el uso de los fondos de capacitación.

  • Los fondos de recapacitación vocacional no son una indemnización en efectivo. Sólo puede usar los fondos para pagar escuelas o programas aprobados por L&I y determinados gastos. Los fondos de la Opción 2 no se pueden utilizar para otro tipo de gastos, tal como la capacitación en el puesto de trabajo. Para más información, consulte la Opción 2: Lo que necesita saber (F280‑036‑000).

Antes de empezar su capacitación

  • Si su reclamo estaba cubierto por una empresa autoasegurada, comuníquese con la empresa o su representante para saber cómo empezar.

  • Si su reclamo estaba asegurado por L&I, complete la parte A de la Solicitud de capacitación de la Opción 2 (F280-024-000). Luego, pida al responsable de la matrícula de su centro que complete la parte B. Asegúrese de que usted o el centro nos envíe el formulario completo por correo o fax:

Washington State Department of Labor & Industries
PO Box 44291
Olympia WA 98504-4291

Fax: 360-902-5035

Preguntas de las escuelas

La escuela o el programa de capacitación puede llamarnos a nosotros -o al empleador si está autoasegurado- después de que usted dé su autorización por escrito para ceder información sobre el reclamo a la escuela o al programa de capacitación.

Indemnización vocacional

La indemnización vocacional de la Opción 2 es una ayuda económica para pasar de los beneficios por tiempo perdido a un posible empleo, estudios u otros planes que pueda tener después de que se cierre su reclamo. La cantidad depende de la cantidad de los beneficios por tiempo perdido a la que tenía derecho y de la fecha en la que aprobamos su plan de capacitación de la Opción 1.

Indemnización vocacional de un solo pago

Podemos autorizar el pago de la suma total a nuestra discreción. Si desea recibir un pago de la suma total, envíenos una solicitud por escrito e incluya su número de reclamo. Envíe su solicitud a:

Washington State Department of Labor & Industries
PO Box 44291
Olympia WA 98504-4291

Si aprobamos su solicitud, recibirá el resto de la indemnización una vez transcurridos 70 días o más desde la fecha de envío de la orden que cierra su reclamo.