El factor de incidencia determina el tipo de tarifa de la prima de una empresa comparando su incidencia con la de todas las empresas de la misma clasificación de riesgo. Si la pérdida real de una empresa en un año es inferior a la pérdida prevista, L&I establecerá un factor de incidencia para el año siguiente que sea inferior a 1.0. Esto significa que se prevé que la empresa tenga unos costos inferiores por unidad de exposición al seguro (por lo general, horas) que el punto de referencia para su clase.
Sin embargo, si las pérdidas reales son mayores que las previstas, el factor de incidencia será superior a 1.0. Esto significa que se prevé que la empresa tenga unos costos mayores que el punto de referencia para su clase de riesgo.
Nota: El factor de incidencia final puede diferir del cálculo si la empresa exhibe las siguientes características:
- Tiene una evaluación de la incidencia libre de reclamos compensables.
- Está condicionada por la limitación de los cambios anuales del factor de incidencia.
El descuento por no tener reclamos (evaluación de la incidencia libre de reclamos compensables)
- Las empresas son elegibles si, durante el período de incidencia de 3 años, no tienen reclamos compensables: beneficios por tiempo perdido, discapacidad permanente parcial, discapacidad permanente total o muerte.
- Los factores de incidencia máximos limitan el factor de incidencia de las empresas elegibles (antes de aplicar las limitaciones anuales), lo que suele resultar en factores de incidencia inferiores. Estos factores de incidencia máximos, por el volumen de pérdida prevista de la empresa, se especifican por volumen de pérdida prevista de la empresa en el
Capítulo 296-17-890 del Código Administrativo de Washington (WAC, por su sigla en inglés) . - Los factores de incidencia máximos, que son inferiores a 1.0, reflejan los costos inferiores de los reclamos posteriores que suelen tener esas empresas.
- Aproximadamente el 80% de todas las empresas de Washington son elegibles, la mayoría son pequeñas (representan solo el 20% de la prima evaluada).
Limitación de los cambios anuales del factor de incidencia
En general, el factor de incidencia de una empresa no puede aumentar o disminuir más del 25% en 1 año.
Excepciones al límite del 25% de variación anual del factor de incidencia
En algunas situaciones, el factor de incidencia de una empresa puede variar más del 25% en un año. L&I hace una excepción cuando el factor de incidencia calculado para el nuevo año es inferior a 1.0 y el empleador tenía un factor de incidencia del año anterior superior a 1.3333.
Un ejemplo de cómo la limitación del 25% afectaría a un incremento anual
Supongamos que una empresa exhibe las siguientes características:
- Un factor de incidencia de 0.9000 el año pasado.
- Un factor computado de 1.1971 este año.
- Un reclamo compensable en su período de incidencia de 3 años, lo que hace que no sea elegible para el descuento por no tener reclamos.
El factor computado de este año es un 33.01% mayor que el del año pasado (1.1971 / 0.9000 = 1.3301). Sin embargo, debido a la limitación del 25% del incremento anual, el nuevo factor de incidencia para esta empresa sería 1.1250 (= 0.9000 x 1.25).
Un ejemplo de cómo la limitación del 25% afectaría a una disminución anual
Supongamos que una empresa exhibe las siguientes características:
- Un factor de incidencia de 1.7000 el año pasado.
- Un factor de incidencia computado de 1.1971 este año.
- Un reclamo compensable en su período de incidencia de 3 años, lo que hace que no sea elegible para el descuento por no tener reclamos.
El factor computado de este año es un 29.58% menor que 1.7000, el factor del año pasado (1.1971 / 1.7000 = 0.7042). La limitación anual del 25% limita el factor de incidencia de este año a 1.2750 (= 1.7000 x 0.75).
Aunque el factor anterior (1.7000) es mayor que 1.3333, el factor computado (1.1971) es superior a 1.0000, por lo que no se aplica la excepción a la limitación anual del 25%. El factor final para este año es 1.2750.
Un ejemplo de cuándo se aplicaría la excepción a la limitación del 25%
Supongamos que una empresa exhibe las siguientes características:
- Un factor de incidencia de 1.4663 el año pasado.
- Un factor computado de 0.7000 este año.
- Un reclamo compensable en su período de incidencia; por lo tanto, no es elegible para el descuento por no tener reclamos.
El factor computado es un 52.26% (0.7000 / 1.4663 = 0.4774) menor que 1.4663, el factor del año pasado. La limitación del 25% sobre la variación anual limitaría normalmente el factor de incidencia de este año a 1.0997 (= 1.4663 x 0.75).
Sin embargo, como el factor computado (0.7000) es inferior a 1.0000 y el factor de incidencia del año anterior (1.4663) es superior a 1.3333, se aplica la excepción a la limitación anual del 25%. El factor final para este año es 1.0000.