Contratistas no autorizados a licitar
Contratistas no autorizados (inhabilitados) para licitar o trabajar en proyectos de obras públicas.
Lista de contratistas inhabilitados: esta es una lista de contratistas a los que no se les permite licitar o trabajar en proyectos de obras públicas. Para ver la lista de contratistas que han recibido una o varias violaciones en virtud de la ley de salarios prevalecientes, la ley de registro de contratistas, la ley de seguros industriales o la ley de aprendizaje, consulte Lista de contratistas con violaciones.
¿Qué significa “inhabilitado”?
Un contratista inhabilitado no puede presentar una licitación o hacer que se considere una licitación para un contrato de obras públicas.
¿Qué hace que se inhabilite a un contratista?
Un contratista puede ser inhabilitado por violaciones o infracciones de:
- la ley de salarios prevalecientes (
Capítulo 39.12 del RCW ) - la ley de registro de contratistas (
Capítulo 18.27 del RCW ) - Ley de certificaciones y licencias de plomero (Capítulo 18.106 RCW)
- Ley de certificaciones y licencias eléctricas (Capítulo 19.28 RCW)
- Ley de certificaciones y licencias de elevadores (Capítulo 70.87 RCW)
- la ley de seguros industriales (
Capítulo 51.48 del RCW )
¿Cuánto dura la inhabilitación?
Un contratista que:
- Recibe una sanción por la infracción(es) de la ley de salarios prevalecientes (
Capítulo 39.12 del RCW ) queda inhabilitado hasta que todas las sanciones derivadas de la(s) infracción(es) se paguen en su totalidad. - Si L&I determina que debe a los trabajadores los salarios prevalecientes no pagados en virtud del
RCW 39.12.065 queda inhabilitado hasta que los salarios se paguen en su totalidad.
Además, según la infracción, un contratista que reciba 2 o más violaciones en un periodo de 5 años puede ser inhabilitado durante 1 o 2 años, incluso si todas las sanciones o salarios adeudados se pagan antes de ese momento.