Ley de horas extras para empleados de centros de salud
El propósito de esta ley es limitar cuándo los centros de salud pueden requerir que los empleados trabajen más allá de su turno predeterminado programado regularmente. Además, proporciona a los empleados que trabajan más de 12 horas consecutivas que se les da la opción de tener al menos ocho horas consecutivas de tiempo libre ininterrumpido.
El centro de salud se define en el RCW 49.28.130.
Los empleados cubiertos incluidos son:
- Enfermeras prácticas con licencia (LPN).
- Enfermeras registradas (RN).
- Tecnólogo Quirúrgico.
- Tecnólogo Radiológico de Diagnóstico.
- Especialista en Invasión Cardiovascular.
- Profesional de cuidados respiratorios.
- Auxiliares de enfermería certificados.
Estos empleados deben ser empleados de un centro de atención médica e involucrados en la atención directa del paciente. También deben recibir un salario por hora o estar cubiertos por un Convenio Colectivo.
Hay cuatro excepciones bajo esta ley cuando a un empleador se le puede permitir ordenar horas extras.
- Circunstancia emergente imprevisible
- Cualquier emergencia declarada imprevista nacional, estatal o municipal;
- Cuando se activa un plan de desastre de un centro de atención médica; o
- Cualquier desastre imprevisto u otro evento catastrófico que afecte sustancialmente o aumente la necesidad de servicios de atención médica.
- Paciente en progreso
- Cuando se requiere que un empleado trabaje horas extras para completar un procedimiento de atención al paciente que ya está en curso donde la ausencia del empleado podría tener un efecto adverso en el paciente.
- Hora de guardia programada previamente
- No se puede usar en lugar de programar a los empleados para que trabajen en turnos programados regularmente cuando un plan de personal indica la necesidad de un turno programado;
- No se puede usar para abordar cambios regulares en el censo o la agudeza de los pacientes
- No se puede utilizar para abordar los aumentos esperados en el número de empleados que no se presentan para turnos programados predeterminados.
- Esfuerzos razonables
Los empleadores que tienen una situación crónica de poco personal no pueden usar la excepción de "esfuerzo razonable". Para usar esta excepción, el empleador debe documentar que ha hecho todo lo siguiente:
- Buscó personas para ofrecerse como voluntarios para trabajar más tiempo dentro de todo el personal calificado disponible que está trabajando;
- Contactó a empleados calificados que se han puesto a disposición para trabajar más tiempo;
- Solicitó el uso de viáticos; y
- Solicitó personal de una agencia de trabajo temporal contratada cuando dicha dotación de personal esté permitida por la ley o un acuerdo de negociación colectiva aplicable y cuando el empleador utilice regularmente una agencia de trabajo temporal contratada.
Escasez crónica de personal
Tener una escasez crónica de personal se define de dos maneras: (1) de larga duración o (2) recurrente con frecuencia.
Vacante de larga duración: resulta de un puesto que está abierto y no ha sido cubierto por la instalación dentro de un período de tiempo razonable.
Vacantes recurrentes frecuentes: espacios en blanco que resultan de vacaciones del personal, licencias médicas, licencias y otras ausencias que la instalación debería anticipar fácilmente.
La tabla que figura a continuación indica si las siguientes situaciones de dotación de personal podrían cumplir la "excepción de esfuerzos razonables":
Situación del personal | ¿Puede la instalación usar la excepción de esfuerzos razonables? |
Posiciones sin cubrir que resultan en spacios vacios en el cronograma | No |
Espacios vacios previstos en el calendario debido a vacaciones planificadas, licencia médica o licencia | No |
Aumentos frecuentemente recurrentes en el censo de tal manera que el complemento programado de enfermeras es inadecuado | No |
Aumentos imprevistos en el censo que exigen personal adicional | Sí |
Llamada por enfermedad el mismo día u otra ausencia imprevista | Sí |
La definición de la escasez crónica de personal se determina caso por caso.
Períodos de comida y descanso para ciertos empleados de atención médica
Estos requisitos se aplican bajo el RCW 49.12.480:
- Los períodos de descanso deben ser programados e ininterrumpidos a menos que exista una circunstancia emergente imprevisible o una situación que pueda provocar un efecto adverso en un paciente.
- Las pausas de descanso interrumpidas deben incluir 10 minutos adicionales de tiempo ininterrumpido y deben darse lo antes posible.
- El empleador debe registrar todos los períodos de comida o descanso que no se tomaron y mantener estos registros en el archivo.