Los empleados tienen derecho bajo la ley de Washington a tomar descansos y periodos de comida. Los trabajadores agrícolas y no agrícolas mayores de 18 años, tienen diferentes estándares para descansos y periodos de comida.

Salarios

Jóvenes menores de 16 años – debe pagarse al menos el 85% del salario mínimo.

Jóvenes de 16-17 años – debe pagarse al menos el salario mínimo estatal actual.

Descansos

Debe permitir a los menores un descanso pagado y libre de tareas laborales.

Además:

Jóvenes menores de 16 años

  • Los descansos no deben programarse cerca del comienzo del turno de trabajo.
  • Deben tomarse un descanso de al menos diez minutos por cada dos horas trabajadas.
  • No pueden trabajar más de dos horas sin un descanso de diez minutos o un periodo de comida de treinta minutos.

Jóvenes de 16-17 años

  • No se puede exigir a los empleados que trabajen más de 3 horas sin un descanso.
  • Los descansos deben programarse lo más cerca posible del punto medio de un periodo de trabajo.
  • Los empleadores pueden exigir a los trabajadores que permanezcan en el lugar de trabajo durante un descanso.
  • Los descansos que se toman se consideran "horas trabajadas" al calcular el permiso por enfermedad pagado y las horas extras.

Exenciones y modificaciones

Los menores no pueden renunciar al requisito de tomar una pausa para comer. Los menores no pueden renunciar a los requisitos de descanso.

Periodos de comida

Jóvenes menores de 16 años

  • No deben trabajar más de cuatro horas sin que se les dé un periodo de comida ininterrumpido que debe ser separado, distinto y además de sus descansos.
  • Deben recibir un descanso pagado de al menos 10 minutos por cada 2 horas trabajadas.
  • Deben tener un periodo de descanso después de 2 horas por cada 4 horas de trabajo.

Jóvenes de 16-17 años

  • Tienen derecho a un descanso ininterrumpido para comer de al menos 30 minutos si trabajan más de 5 horas en un día.
  • Tienen derecho a al menos un descanso remunerado de 10 minutos por cada 4 horas trabajadas.
  • Se le debe permitir un periodo de descanso a más tardar al final de la tercera hora del turno.